Interés de Demora.
La Ley General Tributaria establece que el interés de demora es una prestación accesoria que se exigirá a los obligados tributarios y a los sujetos infractores como consecuencia de la realización de un pago fuera de plazo o de la presentación de una autoliquidación o declaración de la que resulte una cantidad a ingresar una vez finalizado el plazo establecido al efecto en la normativa tributaria, del cobro de una devolución improcedente o en el resto de casos previstos en la normativa tributaria. Se establece en anualmente en la Ley de Presupuestos del Estado.
2024 – (Interés de demora 4,0625%)
2023 – (Interés de demora 4,0625%)
2022 – (Interés de demora 3,750%)
2021 – (Interés de demora 3,750%)
2020 – (Interés de demora 3,750%)
2019 – (Interés de demora 3,750%)
2018 – (Interés de demora 3,750%)
2017 – (Interés de demora 3,750%)
2016 – (Interés de demora 3,750%)
2015 – (Interés de demora 4,375%)
2014 – (Interés de demora 5,000%)
2013 – (Interés de demora 5,000%)
2012 – (Interés de demora 5,000%)